El Congreso aprueba el desahucio Express de los okupas

Una iniciativa de ley para conseguir desahuciar a los okupas de manera más rápida, y presentada por el pdecat, ha sido aprobada con los votos a favor de Ciudadanos, el PP y PNV y los votos en contra de Unidos podemos, el PSOE y ERC.

Esta propuesta que ha de ser refrendada en el Senado, modifica el procedimiento que se regula en la LEC por el cual pretende defender la propiedad de las viviendas pertenecientes a personas físicas, entidades sociales y administraciones públicas. No obstante no será aplicable a los grandes tenedores de viviendas como los fondos buitre, entidades bancarias o promotoras.

El propietario deberá solicitar “la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento.” Acto seguido el juzgado pedirá a las personas que habiten dicha vivienda que se identifiquen y que justifiquen su situación, mediante la aportación de “título suficiente que les permita vivir en la vivienda o falta de título”. En el mismo auto, el juzgado acordará la entrega de la posesión inmediata al propietario que así lo solicitare y aportare título que acredite el derecho a poseer la vivienda.

Simultáneamente, la autoridad judicial comunicará a los servicios municipales de atención social del municipio de que se trate, la apertura del proceso de desocupación ilegal, a los efectos de la adopción de las medidas correspondientes, si proceden.

Los ocupantes podrán oponerse al auto que acuerde el lanzamiento en el plazo de diez días, sin que se suspenda la efectividad de la medida.

En caso de que los okupas no contesten al requerimiento, la sentencia se dictará en cinco días, ordenando el lanzamiento.

Veremos si esta medida consigue ser eficaz, porque es previsible que cuente con la lentitud y saturación de la mayoría de juzgados. Para empezar, la admisión a trámite de una demanda de desahucio normal por impago de rentas tarda un mes en Barcelona y en otras poblaciones puede alcanzar los cuatro meses. Tardará menos en estos casos? Y si no recogen la notificación? Hay muchas situaciones que van a contribuir a retrasar el procedimiento, que a buen seguro no será de cinco días como recoge la ley, y mucho menos cuando se opongan, y aporten contratos falsos que obliguen a celebrar una vista.

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