La readmisión del trabajador después de sentencia que declare el despido improcedente, está regulada en el artículo 278 LRJS. En él se dice que cuando el empresario haya optado por la readmisión deberá comunicar por escrito al trabajador, dentro de los diez días siguientes a aquel en que se le notifique la sentencia, la fecha … Seguir leyendo
