MODELO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA Y USO DISTINTO DE VIVIENDA 2024

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA Y USO DISTINTO DE VIVIENDA

En [   ], a [    ] de 2023.

 

De una parte:

[   ]

 

Y de otra:

[   ]

 

INTERVIENEN

[   ]. En adelante se la denominará también como ARRENDADORA.

 

[   ]. En adelante se le denominará también como ARRENDATARIO.

Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda sujeto al régimen legal establecido en la Ley 04/2013, de 4 de junio de 2013, de Arrendamientos Urbanos de 2013 y supletoriamente al Código Civil, y de acuerdo con los siguientes,

EXPONEN

PRIMERO.- Que LA ARRENDADORA, es propietaria de la vivienda sita en [   ].

REF. CATASTRAL: [   ] 

Certificado de eficiencia energética: [   ].

Cédula de habitabilidad: [   ]

SEGUNDO.- Que interesando a la parte arrendataria tomar en arrendamiento la vivienda descrita en el expositivo primero (en adelante, “el inmueble”) y, estando la parte arrendadora interesada en arrendárselo, ésta lo ofrece y aquella lo acepta, y ambas partes convienen en celebrar el presente contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda regido por las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- OBJETO Y DESTINO.

Por medio del presente contrato, la parte arrendadora arrienda a la parte arrendataria el inmueble, quien lo acepta en las condiciones pactadas en este documento.

El inmueble se arrienda como cuerpo cierto, por lo que la posible discrepancia entre la superficie real y la descrita en este contrato no afectará en más o en menos a la renta fijada en este documento.

La parte arrendataria se obliga a utilizar el inmueble arrendado como vivienda temporal, durante el plazo de duración pactado, para [EXPLICAR CUÁL ES LA CAUSA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA: POR TRABAJO, POR ESTUDIOS, ETC], no pudiéndose variar dicho uso sin consentimiento escrito de la parte arrendadora. El incumplimiento de este precepto será motivo de resolución del contrato. Por tanto, la vivienda objeto de este contrato no tendrá en ningún caso la finalidad de vivienda permanente del arrendatario, por lo que el destino del contrato es para uso distinto a vivienda. Su vivienda habitual está situada en [IDENTIFICAR CUÁL ES LA VIVIENDA HABITUAL].

SEGUNDA.- ESTADO. El arrendatario declara recibir el inmueble en perfecto estado de uso y conservación, recién reformado y recién pintado, y se compromete a devolverlo en el mismo estado a la conclusión de la relación contractual (se adjuntan fotos del estado en el que se entrega).

Además el inmueble se entrega amueblado, con cama de matrimonio y cama individual, aire acondicionado, sofá, televisor y electrodomésticos,

TERCERA.- DURACIÓN. El presente contrato se acuerda por la temporada comprendida entre el [FECHA DE INICIO] y el [FECHA DE FIN]. Para la finalización del contrato no requerirá el preaviso de ninguna de las partes.

Se establece una duración de 11 meses.

CUARTA.- RENTA La renta pactada es de [   ].

El pago se realiza por adelantado mediante el pago de [   ] euros por transferencia bancaria, en el momento de la firma del contrato a la cuenta de la arrendadora [INDICAR CÓMO SE REALIZARÁ EL PAGO]:

[   ]

El impago de la indicada cantidad será motivo de resolución de contrato, siendo por cuenta del arrendatario los gastos que estas acciones originen. En caso de resolución anticipada las cantidades recibidas no serán objeto devolución.

QUINTA.- REVISIÓN DE LA RENTA.

Durante la vigencia del contrato no procede actualizar la renta más allá de los importes indicados en el punto anterior.

SEXTA.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBARRIENDO.

Queda terminante prohibido que el arrendatario ceda el contrato o subarriende la vivienda, total o parcialmente, a terceros. La cesión o subarriendo, total o parcial, será causa de resolución contractual. El incumplimiento de dicha obligación dará lugar a la resolución contractual.

En caso de que el Arrendatario subarriende el inmueble a través de cualquier plataforma de alquiler de pisos turísticos tales como AIRBNB, HOMEAWAY , BOOKING, TRIPADVISOR, ETC, el arrendador quedará facultado para resolver el contrato y tomar posesión de la vivienda e impedir el acceso al inmueble por el medio que él considere, a quien quiera que en él se vaya a alojar, sin necesidad de acudir a los tribunales de justicia. Se establece una penalización en caso de que se demuestre que el arrendatario ha subarrendado la vivienda de DOS MENSUALIDADES DE RENTA que podrán detraerse de la fianza

SÉPTIMA.- GASTOS POR SERVICIOS INDIVIDUALES.

Los gastos de suministros de electricidad, gas, agua e internet están incluidos en la renta pactada en la cláusula cuarta con un tope de cincuenta euros / mes por cada uno de ellos. En caso de que alguno de los suministros supere el importe de 100 euros al mes, el arrendatario deberá abonar la diferencia en la mensualidad siguiente.

Queda exenta la propiedad de toda responsabilidad por la falta de cualquier suministro.

OCTAVA.- OBRAS DE CONSERVACIÓN.

El arrendador está obligado a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario.

Si la ejecución de la obra de conservación no pudiere razonablemente diferirse hasta la finalización del contrato, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda. El arrendatario estará obligado a comunicar fehacientemente al arrendador la necesidad de llevarla a cabo cualquier tipo de reparación necesaria. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán a cargo del arrendatario.

NOVENA.- OBRAS DEL ARRENDATARIO.

El arrendatario no podrá realizar ningún tipo obras en la vivienda objeto de arrendamiento, salvo autorización expresa de la arrendadora.

El arrendatario no podrá realizar agujeros en las zonas alicatadas de la vivienda ni tan siquiera para colgar cuadros u otros objetos o enseres. En caso de infringir esta obligación, vendrá obligado a reparar el desperfecto, estando obligado a sustituir todo el alicatado para el caso de que no encontrare un azulejo de idénticas características.

El incumplimiento de dicha obligación dará lugar a la resolución contractual.

DÉCIMA.- FIANZA y GARANTIAS ADICIONALES.

El arrendatario entrega en este acto de conformidad con el artículo 36 de la L.A.U. dos mensualidades de la renta en concepto de FIANZA por importe de [   ] que responderán del pago de alquiler, y de aquellas cantidades cuyo pago ha asumido el arrendatario en virtud del presente contrato, así como de la obligación de indemnizar al arrendador por los daños, desperfectos o menoscabos producidos en la finca arrendada, de los que el arrendatario deba responder, y de la limpieza final del apartamento.

La fianza y el depósito se devolverán al arrendatario previa comprobación del estado de la vivienda al finalizar el contrato, y una vez atendidas las obligaciones legales pertinentes y en ningún caso podrá aplicarse por el arrendatario a mensualidades de renta no abonadas cuya obligación de pago el mismo ha asumido.

UNDÉCIMA.- OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO

El arrendatario se obliga:

  1. A satisfacer los gastos derivados del presente contrato, la gestión, el registro, los honorarios del Administrador para su formalización y tramitación, así como la totalidad de los que por cualquier causa se ocasionen por razón de sus prórrogas.
  2. A poner en conocimiento del arrendador en el plazo más breve posible, la necesidad de llevar a cabo las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad.
  3. A permitir el acceso a la vivienda al propietario, al administrador o a los operarios o industriales enviados por cualquiera de ellos, para la realización, la inspección y la comprobación del cualquier tipo de obra o reparaciones que afecte al inmueble. A tal efecto y de conformidad con lo que dispone la Ley 18/2007 de 28 de diciembre, del Derecho a la Vivienda, se concierta como calendario de visitas una visita semestral que podrá realizar el propietario o su administrador para verificar el estado de la vivienda.
  4. A no llevar a cabo en la vivienda actividades contrarias a la convivencia normal en la comunidad o que destrocen o hagan peligrar el edificio, así como tampoco llevar a cabo las actividades que los estatutos o la normativa urbanística excluyen o prohíben, de conformidad con lo que establece el artículo 553-40.1 del Código Civil de Catalunya.
  5. A respetar lo que disponen los estatutos de la comunidad, así como las normas de régimen interior aprobadas por la comunidad, referentes a las relaciones de convivencia y buena vecindad y al uso de los elementos de uso común y las instalaciones de conformidad con aquello que disponen los artículos 553-11 y 553-12 del Código Civil de Cataluña.

DÉCIMO SEGUNDA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.

Cuando la ejecución en la vivienda arrendada de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente la hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo sin indemnización alguna.

La suspensión del contrato supondrá, hasta la finalización de las obras, la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la obligación de pago de la renta

DÉCIMO TERCERA.- OTROS SUPUESTOS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL.

Además de los supuestos previstos expresamente en el presente contrato, el arrendador podrá resolver el contrato por las siguientes causas:

  1. a) Por falta de pago de la renta o de su actualización.
  2. b) Por la falta de pago de la fianza o de su actualización.
  3. c) Por el subarriendo o cesión inconsentidos.
  4. d) Por la realización de daños causados dolosamente en la vivienda o por la realización de obras no consentidas por el arrendador.
  5. e) Cuando la vivienda arrendada no se destine al satisfacer las necesidades de vivienda del arrendatario, o en la misma se lleven a cabo actividades nocivas, molestas, peligrosas, insalubres o ilícitas.
  6. f) Por causar molestias a los vecinos, y por haber requerido la presencia policial o de guardia urbana en al menos dos ocasiones por molestias a los vecinos ya sea por ruido, olores o conductas inapropiadas. En caso de que generare daños a los vecinos por cualquier causa, deberá hacerse cargo de los daños y perjuicios causados.

Asimismo el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas:

  1. a) Porque el arrendador no realice las reparaciones necesarias.
  2. b) Por perturbaciones de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.

DÉCIMO CUARTA.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.

El contrato de arrendamiento se extinguirá por las siguientes causas:

  1. a) Por la declaración firme de ruina acordada por autoridad competente.
  2. b) Por la pérdida de la finca arrendada por causa no imputable al arrendador.

DECIMOQUINTA- JURISDICCION.- Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales del partido judicial donde esté ubicado el inmueble.

DECIMOSEXTA.- NOTIFICACIONES.- A efectos de recibir cualquier notificación vinculada con los derechos y obligaciones reconocidos en este contrato se designa la dirección que consta en el encabezamiento del contrato para el arrendador, y el de la vivienda que es objeto de arrendamiento para el arrendatario.

Asimismo, y a fin de facilitar las comunicaciones entre las partes se designan las siguientes direcciones de correo electrónico, siempre que se garantice la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras y del momento en que se hicieron.

Por el arrendador:

Por el arrendatario:

 

DECIMOSEPTIMO.- ACEPTACIÓN.- Las partes aceptan el presente contrato así como sus correspondientes anexos y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.

En [   ] a [   ] de 2023

 

EL ARRENDADOR   

 

[   ]

 

EL ARRENDATARIO

 

[   ]

ANEXO: NIE / DNI / PASAPORTE

ANEXO : FOTOS DE LA VIVIENDA:

Qué es el contrato de alquiler de temporada?