Decreto Ley 17/2019 de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda (notas 1)

El Decreto Ley 17/2019, reformado por otro decreto ley 1/2020 abre una serie de interrogantes a partir de los próximos años en caso de que finalmente el decreto ley se convalide en el Parlament de Catalunya y que generaría un desequilibrio de fuerzas muy importante entre el arrendatario y el arrendador, que podría provocar el efecto contrario  al buscado.

El Decreto Ley parece poner en conflicto dos derechos constitucionales:

  • Por un lado La Generalitat utiliza la mención que hace el art. 33 CE de la función social de la propiedad. Señala que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, con la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
  • Por otro el art. 47 CE al regular el derecho a una vivienda digna establece que los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
  • La SAP Barcelona sección 13 26/04/19 señala que el art. 47 CE es un mandato, un propósito. Un principio rector dirigido a los poderes públicos de contenido dudoso. Pero es seguro que no les impone el deber de proporcionar directa y físicamente la vivienda. Por ello, tampoco la precarista puede exigirla como un derecho subjetivo, y menos la sareb.
    • La sentencia conlleva una obligación de hacer de la clase política.
  • STC 32/2019 de 28 de febrero que se pronuncia sobre la constitucionalidad del proceso civil para desahuciar okupas que entró en vigor en julio de 2018:
    • El derecho de elección de residencia no es un derecho absoluto que habilite a okupar cualquier vivienda. Debe ejercerse dentro del respeto a la ley y a los derechos de los demás.
    • Expulsar okupantes de una vivienda sin título jurídico no vulnera el derecho a una vivienda digna y adecuada.
  • En caso de convalidación del decreto ley por parte de la Generalitat, se enfrentará a recursos de inconstitucionalidad a instancia de diferentes partidos políticos.
  • Hay quien ya señala que esta norma va a conseguir que se endurezcan las condiciones para alquilar un piso, y aún más grave, expulse del alquiler al colectivo que más vulnerable en términos económicos, ya que no se les alquilará ninguna vivienda.

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