Es obligatorio aportar un Plan de viabilidad en un ERE?

En el marco de los procedimientos de despido colectivo, la normativa española establece una serie de obligaciones documentales que las empresas deben cumplir para garantizar un proceso transparente y equitativo. El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 1483/2012 de 29 de octubre detallan estas obligaciones, centrando la atención en la documentación que debe presentarse durante el proceso.

¿Es Necesario un Plan de Viabilidad?

Una cuestión controvertida ha sido si las empresas están obligadas a aportar un Plan de Viabilidad específico durante el procedimiento de despido colectivo. La jurisprudencia, particularmente la emanada de la Audiencia Nacional, ha clarificado esta cuestión. Según la Sentencia de la SAN (Social) de 13 marzo de 2018 no 43/2018, rec. 377/2017, no se exige que las empresas presenten un Plan de Viabilidad como tal. Sin embargo, deben proporcionar la documentación que demuestre la justificación económica, técnica, organizativa o de producción que motiva los despidos.

Documentación Complementaria y su Pertinencia

La Audiencia Nacional ha señalado que la carga de probar la pertinencia de la documentación complementaria recae en los representantes de los trabajadores. Deben justificar de manera razonable la necesidad de acceder a dicha documentación, siempre garantizando la confidencialidad de la información. Esto incluye, por ejemplo, las cuentas de los centros de trabajo afectados cuando se discute sobre la viabilidad de cada uno de ellos.

Además, según la sentencia de la SAN (Social) de 10 marzo de 2017, la solicitud de documentación complementaria después de haber cumplido los deberes informativos establecidos por el art. 51.2 ET y los arts. 4 y 5 del RD 1483/2012, debe seguir una serie de requisitos claros que aseguren la pertinencia y la relevancia de los documentos solicitados.

Buenas Prácticas en el Proceso de Consulta

Es recomendable que los documentos se examinen en el domicilio de la empresa, considerándose una buena práctica admitida judicialmente. La confidencialidad es primordial, y cualquier discrepancia sobre la pertinencia de la documentación debe ser resuelta por el órgano judicial competente, sin que la falta de aportación de ciertos documentos provoque automáticamente la nulidad del despido.

En resumen, aunque no se exige un Plan de Viabilidad per se, es crucial que las empresas preparen y presenten una documentación detallada y justificativa que respalde la decisión del despido colectivo. Esto no solo cumple con las exigencias legales sino que también contribuye a un proceso más transparente y fundamentado, facilitando un diálogo informado durante el período de consultas.

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